| Actos y resoluciones con efectos sobre terceros | ||||||
| Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado | Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación | Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial | Fundamento legal y causal de secreto o reserva | Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa) | Enlace al acto o resolución en que consta la calificación | |
| Solicita información de organizaciones con sus datos de contacto | Correo de fecha 12 de septiembre de 2018, que deniega parcialmente la solicitud acceso a la información MU005T0000564, presentada por Rubén Lobos Arce | organizaciones con datos de contacto | Artículos 2°, letras f) de la Ley N°19.628, sobre la protección de la vida privada, se podrá denegar el acceso a información, cuando se trate de "datos de carácter personal o datos personales, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables", y el Artículo 21° de la Ley de Transparencia expresa que las "únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, y 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico" y desarrollada en el Artículo 7 N°1 y 2 del Reglamento de la citada Ley. | 12-09-18 | Expediente MU005T0000564 | |
| Solicita listado de comités de vivienda junto a sus presidentes y sus contactos. De ser posible también incluir numero de integrantes de cada comité | Correo de fecha 13 de septiembre de 2018, que deniega parcialmente la solicitud de acceso a la información solicitud acceso a la información MU005T0000572, presentada por Juan Valenzuela González | listado comités de vivienda junto a sus presidentes y sus contactos | Artículos 2°, letras f) de la Ley N°19.628, sobre la protección de la vida privada, se podrá denegar el acceso a información, cuando se trate de "datos de carácter personal o datos personales, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables", y el Artículo 21° de la Ley de Transparencia expresa que las "únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, son las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, y 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico" y desarrollada en el Artículo 7 N°1 y 2 del Reglamento de la citada Ley. | 13-09-18 | Expediente MU005T0000572 | |